domingo, 31 de agosto de 2014

Aval para votar en Catalunya

El Consejo de Garantías Estatutarias  emitió un dictamen, el 22 de agosto, en el que avala la ley de consultas. Dicha ley será promulgada en este septiembre por el Parlamento Catalán bajo el paraguas del Estatuto.

El Estatuto de Autonomía de Cataluña es la norma institucional básica de Cataluña que las Cortes Generales de España han aprobado en 1932, 1979 y 2006 para otorgar la autonomía y fijar los márgenes del autogobierno en dicho territorio. El último estatuto tuvo recortes del gobierno de Madrid y luego del Superior Tribunal de Justicia a petición de algunos partidos políticos y en contra de lo aprobado por voto de la ciudadanía. A pesar de ello, quedó aprobado el Consejo de Garantías Estatutarias.

El Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña es una institución de la Generalitat creada por el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña. Vela por la adecuación al Estatuto y a la Constitución de las disposiciones de la Generalidad y tutela, asimismo, los derechos reconocidos en el Título I del nuevo Estatuto de autonomía y de los que establezca, cuando se apruebe, la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña.

En su dictamen, de 159 páginas, el Consejo de Garantías concluye que la consulta se adecua al artículo 122 del Estatuto catalán, que versa sobre la capacidad de convocar consultas populares no refrendatarias. Al respecto, el informe entiende que la articulación de determinados procedimientos orientados a obtener la opinión de la ciudadanía “no colisiona” ni es incompatible con el fundamento último de la soberanía reconocido en la Constitución, sino que, al contrario, “puede contribuir a reforzar destacados valores constitucionales”. El Consejo estima, asimismo, que la proposición de la ley no vulnera la autonomía local municipal y asegura que el sistema constitucional no prohíbe en ningún caso que la Generalitat pueda consultar a la ciudadanía sobre cuestiones que son de su interés “si lo hace amparada en una competencia propia”.

No deben quedar dudas, entonces, de que el 9 de noviembre se puede votar en la consulta no vinculante. Ello es así porque la decisión del pueblo catalán de pronunciarse sobre el “derecho a decidir” no vulnera  ni la normativa que rige la autonomía catalana (Estatuto de Autonomía de Catalunya), ni aquella en la cual ésta se basa (Constitución del país), ni cualesquiera otra legislación concordante.

Por ello, debemos afirmar que en el siglo XXI las dificultades de las naciones se deberían solucionar mediante el ejercicio de la democracia. Se teme, sin embargo, que el Superior Tribunal Español pueda anular la próxima ley de consultas que dictamine en septiembre por el Parlament,  situación que provocará una gran indignación, tal vez similar a aquella que embargó al pueblo catalán, hace algunos años, cuando se recortó el Estatuto de Autonomía.

domingo, 6 de julio de 2014

Sostener la Vejez ( http://entremujeres.clarin.com/hogar-y-familia/tercera-edad/Sostener-vejez-duelos-placer-vivos-abuelos-ancianos_0_1177082373.html ) (http://cuidandolasalud.com/importancia-en-la-contencion-en-la-tercera-edad/) (http://www.montecaserosonline.com/vernota.asp?id_noticia=22577)

Mucho se ha hablado, en los últimos tiempos, del rol de las personas mayores en la sociedad. Noticias vinculadas al maltrato, dificultades económicas para poder hacerse de la jubilación que corresponde y familiares que, en algunos casos, miran para otro lado, son solo algunas de las aproximaciones a un tema que merece mayor análisis y dedicación
 
 
En algún momento de la evolución cultural de nuestras sociedades apareció el concepto de “tercera edad”. Tercera edad es sinónimo de vejez, de antigüedad, de ancianidad. La etimología es, aquí, nítida y precisa: en latín, antianus. Los franceses dicen lo mismo pero diferente: ancien; o ancienne si el género es femenino.
 
 
También hay sinónimos: vetusto, arcaico, añejo, longevo, veterano. Pero no parecen esos conceptos, por cierto, felices ni afortunados para adjetivar a las personas que han traspuesto las líneas rojas de la vida. Los griegos tenían en gran estima a la ancianidad. Es la etapa  -decía Aristóteles-  en que la experiencia del hombre lo hace casi sabio. Esa percepción tan acertada era buena simiente para que los jóvenes miraran a sus mayores desde un lugar distinto al que lo hacemos nosotros hoy.  Los jóvenes, en Atenas, acudían  a ellos, a los viejos, para escuchar y aprender y, de ese modo, orientarse más y mejor en el proceloso mar de la vida.
 
 
En nuestro alocado presente, aquella tercera edad a la que acabamos de referirnos al comienzo de estas breves líneas, podría situarse, más o menos, en ese segmento temporal que va desde la jubilación hasta, digamos, los ochenta años. Desde allí en adelante, se abren las ricas posibilidades que ofrece  “la cuarta edad”. Los avances en la medicina, la vida saludable, una sana alimentación, el ejercicio físico y los deportes han logrado que, más allá de los ochenta, todavía haya vida; y una vida rica, fértil y creativa.
 
 
En verdad, todos los momentos de la existencia humana tienen su ethos, es decir, aquello que les es propio, característico y singular. Y para transitar satisfactoriamente por cada uno de esos períodos vitales es preciso adquirir ciertas habilidades o destrezas. Con estas capacidades aprendidas enfrentaremos con éxito no sólo el moroso discurrir de los días y las noches sino, incluso,  las dificultades, las crisis y los duelos con que cada etapa de la vida nos obsequia con naturalidad e indiferencia.
 
 
Vivir la tercera o cuarta edad significa, entre otras cosas, asumir la pérdida paulatina de las potencialidades que nos caracterizaron con anterioridad; nuestros movimientos se vuelven más lentos, nuestro andar más inseguro; nuestros reflejos más perezosos; nuestro pensamiento más esquemático y rígido; y los amigos que mueren nos dejan un poco más solos que antes. Puede, incluso, que nos agobie el pesimismo y que "futuro" devenga, en esas condiciones, significante sin mucho sentido para nosotros.
 
 
El tema nos inspira una analogía como instrumento para precisar mejor lo que queremos transmitir. El psicoanalista inglés Donald Wood Winnicott,  -que además era pediatra-  señaló la necesidad de fomentar una sólida relación madre-hijo. Introdujo  -como herramientas para lograr tal fin- los conceptos de holding y de handling. Nos interesa, aquí, el primero. El verbo inglés "hold" significa sostener, amparar, contener. Para que aquella relación amorosa sea consistente deberá tener un momento de holding (sostenimiento) y uno de handling (manipulación). La madre que  logra hacerlo es la “madre-suficientemente-buena”, que sabe sostener y luego sanar las necesarias frustraciones que sobrevendrán y, más allá, condicionar al niño para la aceptación no traumática de dichas pérdidas y frustraciones.
 
 
Volviendo a nuestro tema, decimos que los duelos de las últimas etapas de la vida necesariamente tienen que ser acompañados-sostenidos. Es el instante en que se hacen presentes las manos amigas llamadas a sostener el paso mientras se transitan esos momentos o, por decirlo de otro modo,  mientras se cruzan esos puentes que nos llevan a nuevos rumbos que nos resultan desconocidos. 
 
 
Si esta dinámica se desarrolla satisfactoriamente, se adquirirán nuevas habilidades que ya no serán destrezas físicas, o habilidades manuales, o aptitudes intelectuales, sino capacidad de placer y de disfrute de la vida. De este modo,  el que lo logre podrá tender la mano a otros para que aprendan a afrontar las naturales vicisitudes con que nos desafía la inexorable mano del tiempo y que son, siempre, parte sustantiva de la vida. 
 
 
Es tarea de los que estamos vinculados a los temas propios de la salud y transitando por la segunda etapa de la vida, sostener a los que se encuentran más adelantados en el camino de la existencia humana, para animarlos a una vida plena donde la angustia no sea un huésped inoportuno y permanente. Si ellos lo logran  lo habremos logrado también nosotros y todos seremos espiritualmente más ricos. Por lo demás, todos los seres humanos transitan por todas las etapas de la vida, de modo que nuestros dones de hoy constituyen valores que nos inculcaron nuestros mayores y frutos que cosecharemos cuando la segunda madurez toque a nuestra puerta y debamos, también nosotros, empezar a recorrer nuestra tercera y nuestra cuarta edad. http://entremujeres.clarin.com/hogar-y-familia/tercera-edad/Sostener-vejez-duelos-placer-vivos-abuelos-ancianos_0_1177082373.html

Las elecciones europeas en la Catalunya Soberanista

Luego de las elecciones del 25 de mayo, Catalunya llevará  nueve diputados al Parlamento Europeo, dos de ellos de ERC (Esquerra Republicana de Catalunya), dos de CiU (Convergència i unió), dos de Ciutadans y otros tres que se reparten PPC (Partit Popular de Catalalunya), PSC (Partit dels Socialistes de Catalunya) e ICV-EUiA (Iniciativa per Catalunya Verds-Esquerra Unida i Alternativa).
 
Los nuevos eurodiputados catalanes serán Josep Maria Terricabras y Ernest Maragall, por la coalición Ezquerra Republicana-Nova Esquerra Catalana (ERC-NECat); Ramón Tremosa y Francesc Gambús (CiU); Javi López (PSC); Santi Fisas (PPC); Ernest Urtasun (ICV-EUiA) y Javier Nart y Juan Carlos Girauta (Ciutadans).
 
El día siguiente al comicio, la Comisión Europea (CE) aseguró que la Unión Europea (UE) "escucha" los resultados electorales de Catalunya: "La Unión Europea escucha mucho y la UE son todos los Estados miembros, así como las instituciones europeas", señaló Pia Ahrekilde, portavoz de la UE;  al ser preguntada en la rueda de prensa sobre los resultados electorales en Catalunya.
 
Los independentistas de ERC han ganado las europeas en Cataluya con el 23,67% de los votos, y es la primera vez que la formación  vence desde el regreso de la democracia, relegando a CiU al segundo puesto con el 21,86% y al PSC al tercer lugar con el 14,28%.
 
El proceso soberanista también sale reforzado de estas elecciones y los tres partidos que apoyan la consulta, ERC, CiU e ICV-EUiA, logran un 55% de los votos. Es de destacar que el Partido Socialista Catalán baja a tercera fuerza  -perdiendo un 21% de los votos- y ahondando su crisis cada día más ya que su actual presidente, Pere Navarro, no da un paso al costado para favorecer a eventuales nuevas camadas de dirigentes, como sí lo hizo Rubalcaba a nivel del Estado.
 
Debemos remarcar entonces que los votos favorables a la consulta o dret a decidir  ascienden a un poco más del 60% de los que han votado en las europeas, frente a un 16% que es contrario y un 14% que vota a una opción que, en este tema, es ambigua.
 
Debido a estos resultados se entiende  por qué la Unión Europea está “escuchando” atentamente lo que pasa en Catalunya, como lo afirmó su portavoz  Pia Ahrekilde. Y lo que pasa es que el clamor para votar por el “derecho a decidir”  -en el referéndum del próximo 9 de noviembre-  nace de un profundo espíritu democrático y, según todo lo indica, una histórica nación  europea  está dispuesta a ejercer sus derechos.

viernes, 16 de mayo de 2014

Catalunya en el ojo del mundo

Faltan seis meses para que el pueblo de Catalunya concurra a las urnas, convocado por el gobierno local, para responder a dos preguntas que dan contenido al próximo referéndum del 9 de noviembre de 2014 y que están directamente vinculadas al futuro estatus jurídico-político de la nación catalana.

La consulta se estructura sobre la base de dos preguntas: ¿Quiere que Catalunya sea un Estado? ¿Quiere que este Estado sea independiente?

Hace unas semanas, el CEO (Centro de Estudios de Opinión)  organismo autónomo administrativo del Gobierno Catalán realizó un sondeo, correspondiente al primer trimestre de 2014,  que debido a su autonomía y prestigio nadie cuestionó. El cual arrojó las cifras que consignamos a continuación.

Ante la primera pregunta, el 57,6% se inclinaría por el SÍ, y de este porcentaje el 81,8 % reafirmaría su voluntad afirmativa ante la segunda pregunta, de modo que el total de votos por el SI-SI sería del 47,1%. El SI-NO representaría sólo un 8,6% del total.

El 42,4 % restante se dividiría así: 19,3% votaría directamente NO; el 10,9% se abstendría; habría un 0,7 por ciento de votos en blanco; un 0,1 de sufragios nulos; y un 0,2 %  no sabría qué votar. Según el sondeo, el 1,8 % no contesta y los indecisos ascienden al 9,4 %.

Asimismo, la medición pone de relieve que  sólo el 22,5% se proclama independentista de toda la vida, en tanto que el 25%  ha asumido esa posición en los últimos años.

Si se considera la muestra del CEO en el marco de la relación votante-partido, el dato indica que de  los afiliados-simpatizantes del Partido Popular (PP) el 98,5%  no se siente independentista.

En el caso de Convergencia i Unió (CiU), el 33,1%  se considera a sí mismo como partidario de la independencia desde toda la vida, mientras que un 39,6 % lo es sólo desde los últimos años, quedando (siempre dentro de CiU) un 23% que aún no se siente independentista.

Sigue indicando la encuesta aquí analizada que de los votantes de Ezquerra Republicana de Catalunya (ERC), el 51,3% afirma que el independentismo los identifica desde toda la vida, en tanto que el 41,4% ha asumido esa identidad  en estos últimos años.

En el Partido de los Socialistas de Catalunya (PSC), el 83,3% no se siente independentista y sólo el 11,3% se ha convertido en los últimos años, mientras que  apenas el 3% se considera soberanista de toda la vida. Y si pasamos a Ciutadans observamos que un 99% de sus votantes se confiesan contrario a la independencia.

Jordi Argelaguert, director del CEO, enfatizó que de realizarse consulta el doble SÍ superaría la barrera del 50%, ya que no habría que sumar ni a los abstencionistas ni a una parte de los que hoy no saben si votarían. "Sólo con que sacásemos a los que son abstencionistas, los porcentajes de SÍ y de NO ya oscilan lógicamente al alza", ha señalado; y vaticinó que el apoyo a la independencia rondaría el 55-56%, en la línea de datos anteriores del CEO y de otros organismos.

Si tenemos en cuenta estos posibles resultados comprendemos la negativa sistemática de Madrid para realizar la consulta.

Empero, es mucho lo que se juega aquí y  lo que se juega no atañe sólo a Catalunya o a España. Es la humanidad toda la que debería comenzar a cultivar una cultura de la convivencia y la democracia. La independencia impuesta por la fuerza y la violencia no es genuina. La resolución de conflictos de este tipo de manera ordenada y democrática, mucho más cuando se trata, como en el caso de Catalunya, de un país histórico, sería un logro de resonancia ecuménica y un ejemplo de lo que deben ser las prácticas de los Estados miembros de la comunidad internacional cuando de sus relaciones recíprocas se trata.

El próximo 9 de noviembre, en Catalunya, el diálogo y la razón deberán tener su oportunidad en línea con la natural aspiración a la paz y la seguridad internacionales, tal como lo preceptúan la letra y el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas.

jueves, 10 de abril de 2014

El verdadero problema es político. - http://www.pagina12.com.ar/diario/elmundo/subnotas/4-67546-2014-04-09.html - http://catalannetwork.ara.cat/s/que-diu-el-mon-de-catalunya/

El Tribunal Constitucional, hace unos días, anuló la afirmación de que Catalunya es un “sujeto político y soberano” que los diputados catalanes afirmaran por mayoría el 23 enero del 2013 pero, por otro lado, dejó la puerta abierta de una manera confusa al derecho a decidir que el Parlamento reclamara el 16 de enero de 2014 pidiendo el traspaso de las facultades para poder convocar a un referéndum. El artículo 150.2 de la Constitución española en su parte pertinente dice así: “El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado”.
 
En la pasada sesión votaron por la afirmativa 87 legisladores; hubo tres abstenciones y se pronunciaron en contra los partidos Popular (PP) y Socialista Español (PSOE), que sumaron un total de 43 votos. El pedido del Parlamento se refiere concretamente al permiso para utilizar una facultad (art. 150.2), no para poseer la competencia. Se trata de la facultad para hacer un referéndum y consultar al pueblo de Catalunya el día 9 de noviembre de 2014.
 
No sería la primera vez en estos años de la democracia española que algún gobierno autónomo solicita una competencia. Por ello, el Tribunal Constitucional especificó el criterio para transferir las competencias: “Cuando no atentan al interés general ni al Estado de derecho, ni al ejercicio de la democracia”.
 
Por ello, es probable que se termine generando un problema de poderes en Madrid en caso de que el gobierno no transfiera dicha facultad.
 
Así las cosas, debe quedar claramente en evidencia que lo que acá se discute no es un problema legal o constitucional, sino que el verdadero problema es político y que no hay voluntad en el gobierno español de dejar votar a un Pueblo-Nación.
 
¿Qué razones pueden están moviendo la voluntad del Estado español para impedir a la nación catalana decidir sobre su futuro? Hay varias, pero señalamos aquí una de orden político. El pueblo catalán ansía la independencia y un eventual referéndum arribaría al resultado no querido por Madrid: que los catalanes obtengan el derecho a decidir. Esto, va de suyo, instauraría al Estado español en un lugar reñido con la democracia y la autodeterminación de los pueblos y no son éstas las mejores credenciales que se pueden exhibir hoy para interactuar en este mundo globalizado y en conflicto.
 
Finalmente, la comunidad internacional no ignora que las razones de orden político que fundan la legítima pretensión de independencia del pueblo catalán se hallan, asimismo, cimentadas en normativa jurídica internacional. Por caso, la Carta de las Naciones Unidas, en su capítulo de Propósitos y Principios (art. 1.2) prescribe: “Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos...” (dest. del autor). Y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la misma línea protectoria de la voluntad de las naciones, expresa: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural...” (Parte1; artículo 1.1; dest. ídem).
 
Durante la mitad del siglo XX, muchos pueblos lograron la independencia aplicando el derecho de autodeterminación de los pueblos, dicho derecho no se centró sólo en los pueblos coloniales (de donde nació el concepto), sino que fue evolucionando con la dificultad que todo derecho internacional implica. Por este motivo, el concepto de autodeterminación evolucionó y no existe ninguna norma o costumbre que lo prohíba. Esto lo afirmó la Corte Internacional en el año 2010.

miércoles, 26 de marzo de 2014

Entrevista realizada por Alessandra Martin. http://societat.e-noticies.cat/lunica-solucio-es-la-declaracio-unilateral-83977.html - 25 de marzo-


El president del Casal de Catalunya Buenos Aires, -el casal català més antic del món-, Josep Puig Boo, ha lamentat que "l'única solució" a la qual s’arribarà serà la declaració unilateral. Segons Puig Boo, “costarà molt, ja que a Madrid estan cecs i no tenen ganes de veure la necessitat del poble català”.

 
Puig Boo ha assegurat que si Catalunya rep el suport de grans potències com Alemanya, França o Anglaterra serà independent, ja que per ell “la qüestió és ser amic del més fort, com ha passat a Crimea”.

 
En relació al possible suport que l'Argentina podria donar a Catalunya per poder-se sentir identificats amb el cas de les Malvines, el president ha reconegut que a l'Argentina no s’entén el problema català, ja que el seu pensament és en províncies. “Per a ells, Catalunya és una província dins d’una república i per això el problema català en els mitjans d’argentina apareix normalment com un acudit”, ha explicat.

 
Aquests dies l'Argentina està commemorant 38 anys de la dictadura militar, una dictadura que segons el dirigent del Casal “va deixar morts, però també un deute extern molt important”. A diferència de la dictadura militar de Franco i el reconeixement de les víctimes Josep Puig Boo lamenta que en el cas espanyol es “prefereixi no veure, de vegades per dolor, per vergonya o per incapacitat política” i ha afegit que li agradaria que s’obrissin les fosses comunes i “veure què passa”.

 
A la pregunta de si Artur Mas serà el president que passi a la història per aconseguir l’Estat propi, Puig Boo dubta de la seva capacitat, però alhora assegura que no té un altra possibilitat. “Jo estic molt convençut que la força arriba des de la societat civil, Òmnium Cultural, l’Assamblea Nacional de Catalunya,  els ajuntaments, el grup de PIMES, etc. Per a mi és la societat civil la que està fent les coses, i els polítics intentant organitzant-les” ha assegurat.

 
El president del casal ha conclòs que a “Catalunya es viu la independència amb molta alegria, és molt pacífic i això resulta una de les qüestions més discutides a l'Argentina per els periodistes internacionals que diuen que no hi ha independència sense guerra”.

 
El Casal de Catalunya Buenos Aires va néixer el 1886 amb l’objectiu de integrar a les persones que venien de Catalunya i volien sentir-se acompanyades pels seus paisans en una societat que era per a ells era nova, la de Buenos Aires.
 


domingo, 16 de marzo de 2014

El votar es un derecho y lo es para Catalunya

El parlamento catalán, el día 16 de enero 2014, votó el pedido de traspaso de las facultades para poder convocar a un referéndum, según lo estipula el art 150.2 de la Constitución española que en su parte pertinente dice así: El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

En la pasada sesión votaron por la afirmativa 87 legisladores; hubo 3 abstenciones y se pronunciaron en contra los partidos Popular (PP) y Socialista Español (PSOE), que sumaron un total de 43 votos.

El pedido del Parlament se refiere concretamente al permiso para utilizar una facultad (art. 150.2), no para poseer la competencia. Se trata de la facultad para hacer un referéndum y consultar al pueblo de Catalunya el día 9 de noviembre de 2014.

No sería la primera vez en estos años de la democracia española que algún gobierno autónomo solicita una competencia. Por ello el Tribunal Constitucional especificó el criterio para transferir las competencias: “cuando no atentan al interés general, ni al estado de derecho, ni al ejercicio de la democracia”.

Por ello, es probable que se termine generando un problema de poderes en Madrid en caso de que el gobierno no transfiera dicha facultad. Así las cosas, debe quedar claramente en evidencia que lo que acá se discute no es un problema legal o constitucional, sino que el verdadero problema es político y que no hay voluntad en el gobierno español de dejar votar a un Pueblo-Nación.

Es inadmisible para el pueblo catalán que no se le deje ejercer el derecho a expresarse en un referéndum, cuando en su historia -no tan lejana en el Gobierno de la República- tenía la potestad de realizar aquéllos sin pedir permisos a Madrid.

¿Qué razones pueden están moviendo la voluntad del Estado español para impedir a la nación catalana decidir sobre su futuro? Hay varias, pero señalamos aquí una de orden político. El pueblo catalán ansía la independencia y un eventual referéndum arribaría al resultado no querido por Madrid: que los catalanes obtengan el derecho a decidir. Esto, va de suyo, instauraría al Estado español en un lugar reñido con la democracia y la autodeterminación de los pueblos y no son éstas las mejores credenciales que se pueden exhibir hoy para interactuar en este mundo globalizado y en conflicto.

Finalmente, la comunidad internacional no ignora que las razones de orden político que fundan la legítima pretensión de independencia del pueblo catalán se hallan, asimismo, cimentadas en normativa jurídica internacional. Por caso, la Carta de las Naciones Unidas, en su capítulo de “Propósitos y Principios” (art. 1.2) prescribe: “Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos…” (dest. del autor). Y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la misma línea protectoria de la voluntad de las naciones, expresa: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural…” (Parte1; Artículo 1.1; dest. ídem).

Durante la mitad del Siglo XX muchos pueblos lograron la independencia aplicando el derecho de autodeterminación de los pueblos, dicho derecho no se centro solo en los pueblos coloniales (de donde nació el concepto) sino que fue evolucionando con la dificultad que todo derecho internacional. Por este motivo el concepto de autodeterminación evoluciono y que no existe ninguna norma o costumbre que lo prohíban estas nuevas prácticas. Esto lo afirmó la Corte Internacional en el año 2010