viernes, 16 de mayo de 2014

Catalunya en el ojo del mundo

Faltan seis meses para que el pueblo de Catalunya concurra a las urnas, convocado por el gobierno local, para responder a dos preguntas que dan contenido al próximo referéndum del 9 de noviembre de 2014 y que están directamente vinculadas al futuro estatus jurídico-político de la nación catalana.

La consulta se estructura sobre la base de dos preguntas: ¿Quiere que Catalunya sea un Estado? ¿Quiere que este Estado sea independiente?

Hace unas semanas, el CEO (Centro de Estudios de Opinión)  organismo autónomo administrativo del Gobierno Catalán realizó un sondeo, correspondiente al primer trimestre de 2014,  que debido a su autonomía y prestigio nadie cuestionó. El cual arrojó las cifras que consignamos a continuación.

Ante la primera pregunta, el 57,6% se inclinaría por el SÍ, y de este porcentaje el 81,8 % reafirmaría su voluntad afirmativa ante la segunda pregunta, de modo que el total de votos por el SI-SI sería del 47,1%. El SI-NO representaría sólo un 8,6% del total.

El 42,4 % restante se dividiría así: 19,3% votaría directamente NO; el 10,9% se abstendría; habría un 0,7 por ciento de votos en blanco; un 0,1 de sufragios nulos; y un 0,2 %  no sabría qué votar. Según el sondeo, el 1,8 % no contesta y los indecisos ascienden al 9,4 %.

Asimismo, la medición pone de relieve que  sólo el 22,5% se proclama independentista de toda la vida, en tanto que el 25%  ha asumido esa posición en los últimos años.

Si se considera la muestra del CEO en el marco de la relación votante-partido, el dato indica que de  los afiliados-simpatizantes del Partido Popular (PP) el 98,5%  no se siente independentista.

En el caso de Convergencia i Unió (CiU), el 33,1%  se considera a sí mismo como partidario de la independencia desde toda la vida, mientras que un 39,6 % lo es sólo desde los últimos años, quedando (siempre dentro de CiU) un 23% que aún no se siente independentista.

Sigue indicando la encuesta aquí analizada que de los votantes de Ezquerra Republicana de Catalunya (ERC), el 51,3% afirma que el independentismo los identifica desde toda la vida, en tanto que el 41,4% ha asumido esa identidad  en estos últimos años.

En el Partido de los Socialistas de Catalunya (PSC), el 83,3% no se siente independentista y sólo el 11,3% se ha convertido en los últimos años, mientras que  apenas el 3% se considera soberanista de toda la vida. Y si pasamos a Ciutadans observamos que un 99% de sus votantes se confiesan contrario a la independencia.

Jordi Argelaguert, director del CEO, enfatizó que de realizarse consulta el doble SÍ superaría la barrera del 50%, ya que no habría que sumar ni a los abstencionistas ni a una parte de los que hoy no saben si votarían. "Sólo con que sacásemos a los que son abstencionistas, los porcentajes de SÍ y de NO ya oscilan lógicamente al alza", ha señalado; y vaticinó que el apoyo a la independencia rondaría el 55-56%, en la línea de datos anteriores del CEO y de otros organismos.

Si tenemos en cuenta estos posibles resultados comprendemos la negativa sistemática de Madrid para realizar la consulta.

Empero, es mucho lo que se juega aquí y  lo que se juega no atañe sólo a Catalunya o a España. Es la humanidad toda la que debería comenzar a cultivar una cultura de la convivencia y la democracia. La independencia impuesta por la fuerza y la violencia no es genuina. La resolución de conflictos de este tipo de manera ordenada y democrática, mucho más cuando se trata, como en el caso de Catalunya, de un país histórico, sería un logro de resonancia ecuménica y un ejemplo de lo que deben ser las prácticas de los Estados miembros de la comunidad internacional cuando de sus relaciones recíprocas se trata.

El próximo 9 de noviembre, en Catalunya, el diálogo y la razón deberán tener su oportunidad en línea con la natural aspiración a la paz y la seguridad internacionales, tal como lo preceptúan la letra y el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas.

jueves, 10 de abril de 2014

El verdadero problema es político. - http://www.pagina12.com.ar/diario/elmundo/subnotas/4-67546-2014-04-09.html - http://catalannetwork.ara.cat/s/que-diu-el-mon-de-catalunya/

El Tribunal Constitucional, hace unos días, anuló la afirmación de que Catalunya es un “sujeto político y soberano” que los diputados catalanes afirmaran por mayoría el 23 enero del 2013 pero, por otro lado, dejó la puerta abierta de una manera confusa al derecho a decidir que el Parlamento reclamara el 16 de enero de 2014 pidiendo el traspaso de las facultades para poder convocar a un referéndum. El artículo 150.2 de la Constitución española en su parte pertinente dice así: “El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado”.
 
En la pasada sesión votaron por la afirmativa 87 legisladores; hubo tres abstenciones y se pronunciaron en contra los partidos Popular (PP) y Socialista Español (PSOE), que sumaron un total de 43 votos. El pedido del Parlamento se refiere concretamente al permiso para utilizar una facultad (art. 150.2), no para poseer la competencia. Se trata de la facultad para hacer un referéndum y consultar al pueblo de Catalunya el día 9 de noviembre de 2014.
 
No sería la primera vez en estos años de la democracia española que algún gobierno autónomo solicita una competencia. Por ello, el Tribunal Constitucional especificó el criterio para transferir las competencias: “Cuando no atentan al interés general ni al Estado de derecho, ni al ejercicio de la democracia”.
 
Por ello, es probable que se termine generando un problema de poderes en Madrid en caso de que el gobierno no transfiera dicha facultad.
 
Así las cosas, debe quedar claramente en evidencia que lo que acá se discute no es un problema legal o constitucional, sino que el verdadero problema es político y que no hay voluntad en el gobierno español de dejar votar a un Pueblo-Nación.
 
¿Qué razones pueden están moviendo la voluntad del Estado español para impedir a la nación catalana decidir sobre su futuro? Hay varias, pero señalamos aquí una de orden político. El pueblo catalán ansía la independencia y un eventual referéndum arribaría al resultado no querido por Madrid: que los catalanes obtengan el derecho a decidir. Esto, va de suyo, instauraría al Estado español en un lugar reñido con la democracia y la autodeterminación de los pueblos y no son éstas las mejores credenciales que se pueden exhibir hoy para interactuar en este mundo globalizado y en conflicto.
 
Finalmente, la comunidad internacional no ignora que las razones de orden político que fundan la legítima pretensión de independencia del pueblo catalán se hallan, asimismo, cimentadas en normativa jurídica internacional. Por caso, la Carta de las Naciones Unidas, en su capítulo de Propósitos y Principios (art. 1.2) prescribe: “Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos...” (dest. del autor). Y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la misma línea protectoria de la voluntad de las naciones, expresa: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural...” (Parte1; artículo 1.1; dest. ídem).
 
Durante la mitad del siglo XX, muchos pueblos lograron la independencia aplicando el derecho de autodeterminación de los pueblos, dicho derecho no se centró sólo en los pueblos coloniales (de donde nació el concepto), sino que fue evolucionando con la dificultad que todo derecho internacional implica. Por este motivo, el concepto de autodeterminación evolucionó y no existe ninguna norma o costumbre que lo prohíba. Esto lo afirmó la Corte Internacional en el año 2010.

miércoles, 26 de marzo de 2014

Entrevista realizada por Alessandra Martin. http://societat.e-noticies.cat/lunica-solucio-es-la-declaracio-unilateral-83977.html - 25 de marzo-


El president del Casal de Catalunya Buenos Aires, -el casal català més antic del món-, Josep Puig Boo, ha lamentat que "l'única solució" a la qual s’arribarà serà la declaració unilateral. Segons Puig Boo, “costarà molt, ja que a Madrid estan cecs i no tenen ganes de veure la necessitat del poble català”.

 
Puig Boo ha assegurat que si Catalunya rep el suport de grans potències com Alemanya, França o Anglaterra serà independent, ja que per ell “la qüestió és ser amic del més fort, com ha passat a Crimea”.

 
En relació al possible suport que l'Argentina podria donar a Catalunya per poder-se sentir identificats amb el cas de les Malvines, el president ha reconegut que a l'Argentina no s’entén el problema català, ja que el seu pensament és en províncies. “Per a ells, Catalunya és una província dins d’una república i per això el problema català en els mitjans d’argentina apareix normalment com un acudit”, ha explicat.

 
Aquests dies l'Argentina està commemorant 38 anys de la dictadura militar, una dictadura que segons el dirigent del Casal “va deixar morts, però també un deute extern molt important”. A diferència de la dictadura militar de Franco i el reconeixement de les víctimes Josep Puig Boo lamenta que en el cas espanyol es “prefereixi no veure, de vegades per dolor, per vergonya o per incapacitat política” i ha afegit que li agradaria que s’obrissin les fosses comunes i “veure què passa”.

 
A la pregunta de si Artur Mas serà el president que passi a la història per aconseguir l’Estat propi, Puig Boo dubta de la seva capacitat, però alhora assegura que no té un altra possibilitat. “Jo estic molt convençut que la força arriba des de la societat civil, Òmnium Cultural, l’Assamblea Nacional de Catalunya,  els ajuntaments, el grup de PIMES, etc. Per a mi és la societat civil la que està fent les coses, i els polítics intentant organitzant-les” ha assegurat.

 
El president del casal ha conclòs que a “Catalunya es viu la independència amb molta alegria, és molt pacífic i això resulta una de les qüestions més discutides a l'Argentina per els periodistes internacionals que diuen que no hi ha independència sense guerra”.

 
El Casal de Catalunya Buenos Aires va néixer el 1886 amb l’objectiu de integrar a les persones que venien de Catalunya i volien sentir-se acompanyades pels seus paisans en una societat que era per a ells era nova, la de Buenos Aires.
 


domingo, 16 de marzo de 2014

El votar es un derecho y lo es para Catalunya

El parlamento catalán, el día 16 de enero 2014, votó el pedido de traspaso de las facultades para poder convocar a un referéndum, según lo estipula el art 150.2 de la Constitución española que en su parte pertinente dice así: El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

En la pasada sesión votaron por la afirmativa 87 legisladores; hubo 3 abstenciones y se pronunciaron en contra los partidos Popular (PP) y Socialista Español (PSOE), que sumaron un total de 43 votos.

El pedido del Parlament se refiere concretamente al permiso para utilizar una facultad (art. 150.2), no para poseer la competencia. Se trata de la facultad para hacer un referéndum y consultar al pueblo de Catalunya el día 9 de noviembre de 2014.

No sería la primera vez en estos años de la democracia española que algún gobierno autónomo solicita una competencia. Por ello el Tribunal Constitucional especificó el criterio para transferir las competencias: “cuando no atentan al interés general, ni al estado de derecho, ni al ejercicio de la democracia”.

Por ello, es probable que se termine generando un problema de poderes en Madrid en caso de que el gobierno no transfiera dicha facultad. Así las cosas, debe quedar claramente en evidencia que lo que acá se discute no es un problema legal o constitucional, sino que el verdadero problema es político y que no hay voluntad en el gobierno español de dejar votar a un Pueblo-Nación.

Es inadmisible para el pueblo catalán que no se le deje ejercer el derecho a expresarse en un referéndum, cuando en su historia -no tan lejana en el Gobierno de la República- tenía la potestad de realizar aquéllos sin pedir permisos a Madrid.

¿Qué razones pueden están moviendo la voluntad del Estado español para impedir a la nación catalana decidir sobre su futuro? Hay varias, pero señalamos aquí una de orden político. El pueblo catalán ansía la independencia y un eventual referéndum arribaría al resultado no querido por Madrid: que los catalanes obtengan el derecho a decidir. Esto, va de suyo, instauraría al Estado español en un lugar reñido con la democracia y la autodeterminación de los pueblos y no son éstas las mejores credenciales que se pueden exhibir hoy para interactuar en este mundo globalizado y en conflicto.

Finalmente, la comunidad internacional no ignora que las razones de orden político que fundan la legítima pretensión de independencia del pueblo catalán se hallan, asimismo, cimentadas en normativa jurídica internacional. Por caso, la Carta de las Naciones Unidas, en su capítulo de “Propósitos y Principios” (art. 1.2) prescribe: “Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos…” (dest. del autor). Y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la misma línea protectoria de la voluntad de las naciones, expresa: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural…” (Parte1; Artículo 1.1; dest. ídem).

Durante la mitad del Siglo XX muchos pueblos lograron la independencia aplicando el derecho de autodeterminación de los pueblos, dicho derecho no se centro solo en los pueblos coloniales (de donde nació el concepto) sino que fue evolucionando con la dificultad que todo derecho internacional. Por este motivo el concepto de autodeterminación evoluciono y que no existe ninguna norma o costumbre que lo prohíban estas nuevas prácticas. Esto lo afirmó la Corte Internacional en el año 2010

domingo, 15 de diciembre de 2013

Derecho de autodeterminación. (perfil 4.1.14 "catalunya y la autodeterminación" http://www.perfil.com/columnistas/Catalua-y-la-autodeterminacion-20140104-0090.html)

En la primera visita oficial a Andorra, Bando Ki-moon subrayó como un elemento fundacional de la Organización de las Naciones Unidas el reconocimiento del derecho a la libre autodeterminación de los pueblos. Dicha declaración es considerada trascendente por dos motivos:
a)      Se trata del primer líder internacional que habla abiertamente del caso catalán sin refugiarse en la consideración de “asuntos internos”  de  un Estado;  
b)      sitúa el proceso del derecho a decidir de Cataluña (impulsado por el gobierno y el Parlamento catalanes) dentro de la protección legal internacional del derecho a la autodeterminación.
Se cuestionaba desde el Estado español y desde el gobierno central con sede en Madrid, que este derecho no sería aplicable en Cataluña porque -según los actores citados- sólo se refiere a los procesos de independencia de territorios que fueron colonias durante los años cincuenta y sesenta del siglo XX.
Pero aquí es donde cobra dimensión jurídica, política y axiológica la declaración del secretario general de la ONU. Como hemos dicho en el apartado b),  Ban Ki-moon consideró el caso catalán como de naturaleza semejante a  la demanda que, en el último años, ha intensificado el pueblo escocés respecto del Reino Unido; al realizar esto puso la reivindicación catalana (el derecho de su pueblo a decidir)  en el centro  del derecho a la autodeterminación de los pueblos reconocido en la Carta de las Naciones Unidas.
Un poco de historia del concepto legal
A partir de comienzos de la década del ‘60 del siglo XX, la comunidad internacional comenzó a inclinarse por la doctrina que concebía a  los pueblos considerados colonias como sujetos de libre determinación. Esto llevó a un conflicto concreto entre dos conceptos de derecho internacional público: la libre determinación de los pueblos y la integridad territorial de los estados.
Este derecho a la libre determinación aparece en varias resoluciones (1514, 1541, 2625) de la ONU. La nueva doctrina se aplicó, en primer lugar, a los pueblos coloniales y luego su evolución determinó que se hiciera extensiva, también, a los pueblos en general, como se observó en el caso de Kosovo  (¿y de Sudán del sur...?).
En definitiva, el derecho a decidir es la demanda democrática de un pueblo que reivindica su capacidad de decidir sobre todas las materias que le incumben (desarrollo económico, social y cultural), así como el derecho y la aptitud para  estructurarse libremente (como Estado) sin injerencias externas y en base al principio democrático.
La demanda soberanista no es un hecho exclusivo de naciones históricas existentes en  España. Por el contrario, también la podemos observar en Quebec, Irlanda del Norte, Groenlandia, Escocia o Flandes.
Es claro que los Estados actuales (y dentro de ellos el Estado Español) no cuentan con normas de raigambre constitucional que sirvan de anclaje legal para que los ciudadanos se pronuncien mediante un referéndum -o mecanismo similar- que les permita la secesión. Pero es muy evidente que las leyes son herramientas legales que ayudan a la convivencia y, por ello, pueden cambiar cuando la sociedad lo reclama.
Suena absurdo o autoritario que no se permita, en nombre de la legalidad democrática, que un pueblo no se pueda expresar votando libremente su futuro. 

Catalunya vs Madrid – una economía que no cierra.

Cuando las autoridades de Madrid  se refieren a la independencia de Catalunya abandonan toda objetividad y se dejan influir por sus fantasmas. Que un pueblo entero reclame su independencia es puro oportunismo  -aseguran con manifiesta estulticia-,  y ello es así porque tal exigencia, planteada en medio de la grave crisis  económica  y social que vive la Zona Euro, no merece más calificativo que ese: oportunismo. Deplorable ofuscación, por cierto.
Es una verdad innegable que las crisis económicas ahondan los problemas. Pecaríamos de superficialidad si quitáramos relevancia a la economía como factor esencial de los asuntos políticos. Pero es precisamente el enfoque centrado en la economía el que da sustento sólido a nuestro reclamo nacional: Catalunya soporta un expolio que viene  desde el fondo de la historia; y  la coyuntura económica actual agrava los problemas del pueblo catalán.
Algunos ejemplos: 
 1. El impuesto a la renta alcanza en Catalunya el 56%; es  el más alto de España y también de Europa;  comparte techo fiscal con Suecia aunque, claro, sin los servicios escandinavos.
2. En el importe de la nafta, se paga un subsidio a la sanidad. El céntimo sanitario ha pasado a ser de 4,8; de ese modo,  se paga más que cualquier otra autonomía para contribuir a financiar la sanidad.
3. Los catalanes tienen el agua más cara, con subas del 8,5% en el 2011. Este año ha pasado a ser un 3% en el denominado servicio básico y un 12% en el excesivo.
4. El transporte público. El metro o el autobús son más caros en Catalunya que en cualquier otro territorio de España (el billete es más caro que en París o Nueva York).
5. Las autopistas. Los peajes de las autopistas (en Catalunya una autopista sin peaje es un oxímoron) son los más elevados del Estado. Y continúan subiendo por encima de la media.
6. La Justicia. La tasa sobre actos jurídicos sólo se aplica en Catalunya. Grava los litigios con 60, 90 o 120 euros.
7. Las hipotecas. El Gobierno aplica un gravamen del  1,5% sobre el valor concedido por el banco, medio punto más que a las otras autonomías
Al analizar dicha situación, el Washington Post expresó que Catalunya posee una fiscalidad insoportable. Y hay que tener en cuenta que casi el 70% de lo que exporta España pasa por Barcelona.
Catalunya manejó, históricamente, su economía. Es decir, recaudaba sus impuestos y mediante las Cortes Generales se aprobaba lo que se le daría al Rey en ese momento. Las Cortes Generales eran un centro de discusión y debate donde se estipulaba el aporte que se oblaría a la Corona. No se hacía así en Castilla, que el Rey solicitaba y el pueblo pagaba. 
Es parte de nuestra tradición identitaria el negociar. Lo hacemos en muchas cosas de nuestro vivir cotidiano, pero especialmente en el ámbito de nuestra economía. Por ello, esta situación económica no sólo es una cruel expoliación sino que constituye un estatus que atenta contra  la propia identidad colectiva.

Los catalanes: ¿pueblo-nación sin Estado? (II)

Con los reyes catalanes, la corona prosperó y se expandió de manera que  llegó a conquistar los  territorios de Mallorca, Valencia, Sicilia, Córcega, Cerdeña y Nápoles. La corona se convirtió entonces en un imperio militar y comercial que transitaba por el Mediterráneo, todo ello bajo el   rey Jaume I el Conqueridor, ejemplo del crecimiento del poder y desarrollo de la corona en detrimento de los reinos árabes. Es remarcable que los nuevos territorios agregados, como Valencia, mantuvieron fueros propios.
En el siglo XIII Cataluña tuvo una de las mejores infanterías del mundo, los almogávares, que incluso fueron contratados para combatir al turco en Constantinopla, donde hicieron oír su grito de batalla: "Desperta ferro!".
Bajo los reyes de la casa condal se redactó el Llibre del consolat de mar y se crearon compañías marinas catalanoaragonesas, que permitieron, en 1380,  la conquista de los ducados de Atenas y Neopatria.
El infortunio de  la no descendencia de Martín el Humano permitió que una rama castellana se introdujera en Catalunya, pese a lo cual siguieron vigentes sus leyes, activas sus instituciones  parlamentarias y floreciente su rico y original idioma, la lengua catalana.
Por la época que estamos describiendo, el absolutismo monárquico intentó su entronización en el país. Los catalanes resistieron y conservaron, en el marco de duras luchas por la identidad nacional, su idiosincrasia y sus costumbres. Se los consideró extranjeros en su propia tierra lo cual significaba una injusticia histórica, una arbitrariedad política y una insanable defección moral. En medio de todo ello, la intentada y nunca lograda resignificación de los catalanes como extranjeros tuvo un efecto benéfico: no se los consideró parte ni se los invitó a participar del pillaje colonial en América, aventura bárbara en la que Catalunya no participó.
En la época de los Reyes Católicos, lo que había logrado era una unión de coronas con fines de lograr fuerza en la lucha contra los Moros. Pero no fue una unión de administraciones, Catalunya seguía manteniendo sus leyes y estilos de gobierno. En Catalunya el rey solicitaba a las cortes (órgano formado por tres estamentos) el aumento de los impuestos o una ayuda extraordinaria y las cortes decidían los montos a otorgar. Dicha tradición es típicamente catalana, negociar.  En cambio en Castilla, el Rey imponía su necesidad y criterio en la hora de gobernar.
Hoy podemos decir que Catalunya posee instituciones históricas que enraízan en la edad media y le dan un sentido práctico a su jurisprudencia, al tiempo que conservan el sentido y la vocación por la negociación y la busqueda del consenso como atributos adicionales de la identidad catalana. Así es como el parlamentarismo catalán reconoce sus fundamentos ancestrales en las asambleas de Pau i Treva (Paz y Tregua) y de la Corte Comtal (Corte Condal). El Parlamento catalán es el más antiguo de Europa.
Un hito importante en el desarrollo institucional del país lo constituyó la creación, en el siglo XIV, de la Diputació del General o Generalitat, que fue adquiriendo cada vez más autonomía hasta que, durante los siglos XVI y XVII  se constituyó en gobierno del Principat de Catalunya.
Otro acontecimiento trascendente en la historia de Catalunya que estuvo llamado, por cierto, a fortalecer su personalidad y ansias de independencia, tuvo lugar en 1714 cuando el país desconoció a Felipe V y, en cambio, reconoció a Carlos de Austria como soberano. Ello le costó un asedio de ocho meses sobre Barcelona. La heroica resistencia a las tropas castellanas y francesas coaligadas no pudo evitar que un 11 de septiembre Catalunya cayera bajo la égida de la mentada coalición, ya que sus eventuales aliados, Carlos de Austria y los ingleses, no se hicieron presentes y abandonaron  a su suerte al pueblo catalán.
Este sucinto relato es suficiente para demostrar que hay más de mil doscientos años de historia del pueblo catalán, de los cuales sólo trescientos transcurrieron bajo dominio extranjero.
Desde el siglo XIX, con el renacimiento catalán, se viene gestando una fuerte impronta de sentimiento nacional, que en estos últimos años se vive con mayor intensidad debido a los agravios del poder central español al uso de nuestro idioma.
Como provisoria conclusión, anotamos que, según las leyes internacionales  y los datos históricos, es muy evidente que el pueblo catalán es heredero de una cultura milenaria que nos identifica y nos confiere identidad. Por ello, en pleno siglo XXI, se torna imprescindible que una nación histórica tenga la suficiente libertad para expresarse en las urnas, libre y democráticamente, sobre su futuro político.